Modelo de informe social para la Ley 8/2021

La Comisión Técnica «Ley 8» del Colegio ha elaborado un modelo de informe de Trabajo Social unificado, con el objetivo de unir criterios y facilitar nuestro trabajo en la valoración de los apoyos que las personas con discapacidad necesiten.

Este informe no tiene validez pericial
Cómo se indica al documento, el modelo de informe social no constituye un dictamen pericial. Para la elaboración de dictámenes periciales, consulta el Turno de Peritos del Colegio.

Contexto

Qué establece la Ley 8/2021

Reforma civil y procesal

La Ley 8/2021 reforma la legislación civil y procesal con la intención de promover el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Un sistema de apoyos individualizado

Es un sistema que favorece la capacidad de toma de decisiones de las personas con discapacidad y su autonomía. Por eso la ley contempla la definición de un sistema de apoyos individualizado.

El trabajo del Colegio

Cómo hemos llegado hasta aquí

El Colegio Oficial de Trabajo Social de las Islas Baleares ha mantenido una reunión con la Fiscal delegada para la protección de las personas con discapacidad y personas grandes de las Baleares. Hemos escuchado vuestras consultas, dudas y propuestas, y hemos creado una Comisión Técnica para trabajar este tema.

Queremos dar visibilidad a nuestra profesión: ahora más que nunca, nos preguntan y reclaman nuestras valoraciones profesionales desde el ámbito de Justicia.

Posicionamiento colegial

Qué reclamamos desde el Colegio

  • 1

    Reconocimiento del/de la trabajador/a social como profesional de referencia
    Instamos el reconocimiento de la figura del/de la trabajador/a social en la aplicación de esta Ley, y de su papel fundamental en el proceso de valoración, de apoyo, intervención social, seguimiento y coordinación.

  • 2

    Refuerzo de las ratios profesionales
    Es imprescindible que la profesión esté presente y forme parte del proceso. Por eso se requiere un refuerzo de las ratios profesionales, para poder ofrecer la atención y el seguimiento social solicitado con la calidad y la calidez que merece.

  • 3

    Incorporación del perfil profesional al sistema judicial
    Valoramos la necesidad de incorporar este perfil profesional al sistema judicial, y que desde este ámbito se puedan generar equipos interprofesionales que unan sinergias y vínculos de coordinación con otros sistemas, como el de Servicios Sociales o de Salud, complementando así la red de atención necesaria desde todas las vertientes que las personas requieren a lo largo de su trayectoria vital.

Seguiremos trabajando con y para vosotros.

Ley 8/2021, de 2 de junio, por la cual se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.